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Actas de replanteo de ICT

Desde la orden ministerial ITC/1077/2006 de 6 de abril, es necesario realizar el acta de replanteo de proyectos ICT en las obras iniciadas con posterioridad al 14 de abril de 2006.

En este replanteo de proyectos de ICT, únicamente se tienen que comprobar los siguientes puntos en obra:

1. Espacio de arquetas y entrada al edificio.

2. Espacio de cuartos de instalaciones (RITI y RITS ó RITU).

3. Espacio de los registros secundarios.

4. Acceso al tejado e interconexión de registros.

Ya que los canales habilitados para una población determinada o un repetidor determinado, se pueden consultar a través de internet. Únicamente sería necesario comprobar la cobertura de dichos canales, pero si es la zona donde habitualmente trabajas y has relizado últimamente más proyectos (para los cuales necesitas hacer las medidas), sólo es necesario comprobar cuales a día de hoy están habilitados y añadirlos a la lista de canales del proyecto que estas realizando el acta de replanteo.

Una vez hecho el replanteo "in-situ", se debe comunicar al ministerio el resultado correspondiente a la inspección de telecomunicaciones y en función de los defectos encontrados se deberá actuar de la siguiente forma.

1. Si solo es añadir canales, se realizará un anexo añadiendo dichos canales y se modificarán los parámetros de ecualización.

2. Si es necesario cambiar los recintos, y en el proyecto no estaba previsto que su ubicación dependerá de la dirección de obra, se deberá hacer un modificado global del proyecto.

3. Si cambia el esquema del proyecto de ICT, intercambiandose cuartos o cambiando la forma de amplificación, se deberá realizar un modificado global del proyecto.

4. Si no es posible realizar el proyecto de ICT, ya que no caben los cuartos y es necesario redimensionarlo, se deberá hacer un proyecto totalmente nuevo.

Normalmente, si el proyecto se ha realizado con cabeza sólo se deberán añadir canales, ya que los proyectos que a día de hoy se estan ejecutando se visaron por lo general entre el 2004 y el 2005. Entonces muchos canales que a día de hoy tienen título habilitante todavía no lo tenían

 

2 comentarios

Javier Subias -

Bueno te respondo.

Según la OM ITC/1077/2006 es necesaria la realización de Acta de Replanteo desde su entrada en vigor.
Lo lógico sería que para las obras iniciadas no fuese de aplicación, pero según la disposición final segunda su entrada en vigor es al día siguiente de su publicación, por lo que aunque la obra este en construcción es obligatoria realizarla.
Durante el 2006, en otras obras que he realizado en Aragón y Catalunya con proyectos visados en 2005 y anteriores no lo han solicitado.
Seguro que lo solicitan, porque con el cambio de año han decidio que sea obligatoria porque entienden que las obras se iniciaron en el 2006.

Paco M. -

¿Tiene sentido que para un proyecto visado en 2005, con la obra empezada ese año, y la instalación terminada hace unos días, pidan el acta de replanteo?
Yo creo que no, pero es lo que está haciendo la Inspección de Córdoba.
Son 6 viviendas, el instalador ha ido a presentar el boletín y le piden el acta.
Cada día más complicado.